Autos y Pickups Personales

 
Tipo de seguro
  • Responsabilidad Civil Extracontractual

    Bajo este amparo, Quálitas Colombia pagará los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que se causen a un tercero o a sus bienes, como consecuencia de un Accidente de Tránsito causado por:
    a) El Vehículo Asegurado, cuando el Asegurado o el Conductor Autorizado lo estén conduciendo, incluyendo aquellos perjuicios que se causen por los Accesorios del Vehículo Asegurado tales como defensas, bolas de arrastre, portabicicletas entre otros.
    b) El Vehículo Asegurado, al desplazarse por sus propios medios.
    c) Un vehículo diferente al Vehículo Asegurado, siempre que éste sea de similares características y el Asegurado haya sido autorizado por su propietario para conducirlo. Esta cobertura aplicará en exceso de cualquier póliza que tenga dicho vehículo.

  • Abogados en Proceso Civil o Penal

    Quálitas pondrá a disposición del Asegurado o del Conductor Autorizado un abogado para que lo defienda, en caso de un proceso penal o civil que se inicie en su contra, por un Accidente de Tránsito causado directa y exclusivamente por el Vehículo Asegurado o por uno diferente, siempre que su propietario haya autorizado su uso de manera previa al Asegurado.

  • Pérdida Parcial por Daños (PPD)

    Quálitas cubrirá las reparaciones de los daños que se causen al Vehículo Asegurado y/o a sus Accesorios (sin incluir las llaves de encendido), por un Accidente de Tránsito, daños mal intencionados de terceros (excepto Hurto o intento de Hurto), inundaciones, vientos fuertes, granizos, o eventos de la naturaleza similares, en los que el costo total de la mano de obra, repuestos, reparaciones e impuesto a las ventas sea inferior al 75% del valor asegurado.

  • Pérdida Total por Daños (PTD)

    Quálitas indemnizará el valor asegurado para esta cobertura, por los daños que se causen al Vehículo Asegurado y/o a sus Accesorios (sin incluir las llaves de encendido), por un Accidente de Tránsito, daños mal intencionados de terceros (excepto Hurto o intento de Hurto), inundaciones, vientos fuertes, granizos, o eventos de la naturaleza similares, en los que el costo total de la mano de obra, repuestos, reparaciones e impuesto a las ventas sea superior o igual al 75% del valor asegurado.

  • Pérdida Parcial por Hurto (PPH)

    Cubre las pérdidas y/o los daños parciales que se causen al Vehículo Asegurado y/o a sus Accesorios (sin incluir las llaves de encendido), como consecuencia de un Hurto, incluyendo sus tentativas, cuando el costo total de la mano de obra, repuestos, reparaciones e impuesto a las ventas sea inferior al 75% del valor asegurado.

  • Pérdida Total por Hurto (PTH)

    Cubre la desaparición permanente del Vehículo Asegurado (sin incluir las llaves de encendido), como consecuencia de un Hurto.

  • Reparación en concesionario

    Siempre que se haya contratado este Amparo, Quálitas Colombia procederá con la reparación del Vehículo Asegurado, a causa de una pérdida parcial por Hurto o por daños, en un concesionario de la marca del Vehículo Asegurado que elija el Asegurado y con el que la compañía de seguros tenga convenio. Esta cobertura aplica para vehículos cuya matricula sea igual o inferior a diez años.

  • Rotura de Vidrios

    Bajo este Amparo, Quálitas cubre las reparaciones de los daños causados en, o la reposición de, los Vidrios del Vehículo Asegurado, por situaciones ajenas a un Accidente de Tránsito.

  • Afectaciones por Accidente de Tránsito

    Bajo este Amparo, Quálitas indemnizará, la muerte, desmembración, invalidez o pérdida de una parte del cuerpo del Asegurado o del Conductor Autorizado que se cause como consecuencia de un Accidente de Tránsito en el Vehículo Asegurado o en el vehículo de un tercero que haya autorizado su uso de manera previa al Asegurado. Esto siempre y cuando la afectación suceda dentro de los 180 días siguientes a la ocurrencia del accidente de tránsito.

  • Gastos Médicos por accidente de tránsito

    Si como consecuencia de un Accidente de Tránsito amparado en esta póliza, el Asegurado, el Conductor Autorizado o alguno de los Ocupantes deben ser hospitalizados en una institución prestadora de salud debidamente autorizada en Colombia, Quálitas reconocerá un auxilio por un valor de acuerdo con los límites establecidos en la póliza.

  • Gastos por accidente de tránsito a Mascotas

    Quálitas cubrirá los costos del tratamiento médico veterinario que deba dársele a la(s) Mascota(s) (perro o gato), por aquellas lesiones que se causen como consecuencia directa de un Accidente de Tránsito con el Vehículo Asegurado cuando la mascota se encuentre al interior de éste. El deducible y el valor límite asegurado para este amparo serán los indicados en la carátula de la póliza. Si la(s) Mascota(s) muere(n) en el Accidente de Tránsito, se indemnizará el valor límite para este auxilio que se indica en la carátula de la póliza.

  • Gastos de transporte

    Pérdida Total
    Quálitas cubrirá los costos del tratamiento médico veterinario que deba dársele a la(s) Mascota(s) (perro o gato), por aquellas lesiones que se causen como consecuencia directa de un Accidente de Tránsito con el Vehículo Asegurado cuando la mascota se encuentre al interior de éste. El deducible y el valor límite asegurado para este amparo serán los indicados en la carátula de la póliza. Si la(s) Mascota(s) muere(n) en el Accidente de Tránsito, se indemnizará el valor límite para este auxilio que se indica en la carátula de la póliza.

  • Pérdida de llaves

    Como consecuencia del Hurto o pérdida de las llaves del Vehículo Asegurado, Quálitas Colombia pondrá a disposición del Asegurado su red de proveedores para proceder con la reposición de las mismas. De no poderse hacer esta reposición, Quálitas Colombia reembolsará al Asegurado su valor, de acuerdo con la cotización que el Asegurado le remita, por parte de un distribuidor autorizado de la marca.

  • Pequeños Accesorios

    Bajo este Amparo, Quálitas Colombia cubre los daños o Hurtos a los siguientes Accesorios del Vehículo Asegurado, cuando los mismos sean causados por Accidente de Tránsito:
    Boceles externos, lunas de espejo, brazo de limpiaparabrisas, emblemas externos, tapas de combustible, copas, antena y bombillos (farolas, stop, cocuyos).

  • Llantas estalladas

    Quálitas Colombia cubrirá el daño accidental de una o más llantas del Vehículo Asegurado, de acuerdo con las siguientes consideraciones:
    • Las llantas afectadas deben tener una profundidad de labrado de al menos 1.6 milímetros.
    • Las llantas deben tener las medidas de diseño originales del Vehículo Asegurado.
    • El desgaste de las llantas debe ser similar al de las otras llantas del Vehículo Asegurado.
    • Para la indemnización de este Amparo, Quálitas Colombia pone a su disposición una red de proveedores autorizados. De no poderse hacer esta reposición, reembolsará al Asegurado su valor, de acuerdo con la cotización que éste le remita, por parte de un distribuidor autorizado.
    • El valor límite asegurado para este Amparo será el indicado en la carátula de la póliza.
    • La(s) llanta(s) dañada(s) se reemplazará(n) por las mismas o con similares especificaciones. Quálitas Colombia no se hace responsable por el reemplazo de llantas que no estén a la venta en Colombia, que hayan sido descontinuadas o que hayan sido fabricadas con diseño exclusivo.
    • Quálitas Colombia asumirá el valor de reposición de la llanta descontando el porcentaje de desgaste de la llanta estallada.

  • Asistencia en Viaje

    Quálitas Colombia ofrecerá los siguientes amparos en razón al plan de asistencia en viaje seleccionado:
    - Conductor Profesional
    - Grúa
    - Carro Taller
    - Conductor Elegido
    - Localización y envío de repuestos
    - Transmisión de Mensajes Urgentes
    - Informe de estado de las vías
    - Gastos de ambulancia por accidente
    - Hospedaje de un familiar por accidente / muerte del Asegurado
    - Traslado de un familiar por accidente / muerte del Asegurado
    - Hospedaje Asegurado y acompañantes por daño o Hurto
    - Traslado Asegurado y acompañantes por daño o Hurto
    - Transporte / Deposito y custodia del vehículo por daño /Hurto
    - Repatriación por muerte del Asegurado (aplican restricciones)

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